ARCA simplificó las importaciones personales y compras al exterior

En medio del fuerte crecimiento que registran en Argentina plataformas de comercio electrónico como Temu y Shein, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una actualización del régimen de importación definitiva para consumo de mercaderías sin finalidad comercial ni industrial, destinada a personas humanas.

Con el objetivo de simplificar trámites, digitalizar procesos y mejorar el control aduanero, la Resolución General 5805/2025, publicada este lunes en el Boletín Oficial, modifica el procedimiento establecido originalmente por la Resolución General 3172.

Según la nueva normativa, la importación personal de mercaderías nuevas o usadas deberá formalizarse mediante el procedimiento simplificado previsto en la Resolución General 3628, con registro en el Módulo Declaración Detallada del Sistema Informático Malvina (SIM) y utilización de los códigos aduaneros correspondientes.

Solo podrán ingresar productos destinados al uso o consumo personal, siempre que su cantidad, valor o características no indiquen una finalidad comercial.

Las operaciones estarán alcanzadas por los derechos y gravámenes del régimen general de importación, y el valor en aduana se definirá al momento de la verificación. También deberán respetarse las prohibiciones vigentes y, cuando corresponda, la intervención de otros organismos.

Formulario digital y delegación de facultades

En los casos en que por cuestiones operativas no sea posible realizar el registro mediante el sistema simplificado, la importación deberá formalizarse a través del formulario “solicitud para importar mercaderías por personas humanas sin finalidad comercial y/o industrial” (OM-2153-A), que fue transformado en un formato digital e interactivo.

Este formulario estará disponible en la sección “Formularios” y en el micrositio “Viajeros” del sitio web de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.

Además, la Resolución delegó en la Dirección General de Aduanas la facultad de realizar las adecuaciones necesarias a los requisitos formales del procedimiento, con el fin de garantizar el debido control aduanero y la correcta aplicación de prohibiciones.

DIB

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